Responsabilidad civil Inmobiliaria/Locativa
entendiéndose por tal la que para el asegurado resulte de la propiedad o arrendamiento de la edificación en que se desarrolla la actividad. (según condiciones generales y particulares de cada póliza)
Responsabilidad Civil Inmobiliaria, entendiéndose por tal la derivada de:
a) la propiedad o utilización de edificaciones y terrenos.
b) La realización de obras de mantenimiento o reforma de la edificación (hasta el capital estipulado en cada póliza).
Responsabilidad Civil Locativa, entendiéndose por tal la que para el Asegurado se derivase de su condición de arrendatario de la edificación en que se desarrolla su actividad, frente al propietario de la misma y siempre que los daños a dicha edificación sean consecuencia directa de:
a) Incendio
b) Explosión.
c) Acción del agua.
Según condiciones generales y particulares de cada póliza
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