Responsabilidad Civil - Seguros - RC - Empresas - Autónomos- Patronal - Seguro - Responsabilidad Civil - Cruzada - R.C. - Instaladores - Responsabilidad Civil Construcción - Subsidiaria - Seguros de responsabilidad civil - Explotación - Autónomo
SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL                                                     
    902 88 61 82
Inicio

Definiciones de las coberturas mas habituales en seguros de Responsabilidad Civil General

Responsabilidad civil Subsidiaria Subcontratista

Quedan garantizadas las indemnizaciones que subsidiariamente pudiera verse obligado a satisfacer el Asegurado. Será condición indispensable para que surta efecto la cobertura:
- Que la causa del daño sea la ejecución de un trabajo encargado por el Asegurado y en relación con su actividad.
- Que la causa del daño se derive de un supuesto no excluido en las Condiciones Generales o Particulares de la póliza.
- Que se decrete judicialmente, mediante sentencia firme la Responsabilidad Civil subsidiaria del Asegurado y la insolvencia del autor directo del daño, y que no surta efecto o no se haya concertado un seguro de Responsabilidad Civil que ampare al autor del daño.
Según condiciones generales y particulares de cada póliza
o por TELEFONO al 902 88 61 82
Símbolo de Profesionalidad
  
    contactar@seguros-responsabilidadcivil.es | http://www.anagan.com Política de Calidad y Medioambiente | Protección de Datos | Aviso legal | GRUPO ANAGAN