Responsabilidad Civil Cruzada

Entendiéndose por tal la que para el asegurado resulte de daños corporales y/o materiales sufridos por empleados de Contratistas y Subcontratistas del asegurado.

Por la garantía de R.C. Cruzada se establece la condición de terceros civilmente responsables entre sí, para todos y cada uno de los contratistas y subcontratistas implicados en la misma ejecución de obra o de trabajos de que se trate en cuanto al conjunto de daños materiales y/o corporales producidos por el personal, maquinaria o equipo del asegurado.




RC Cruzada
Según condiciones generales y particulares de cada póliza
La responsabilidad Civil Cruzada es una cobertura que está relacionada con los contratistas y/o las empresas subcontratados por usted (también los autónomos subcontratados).

Cubre reclamaciones que puedan surgir por parte de estas empresas subcontratadas/autónomos, por algún accidente laboral de los empleados que aportan a su actividad.


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