Seguro de responsabilidad civil para Administradores y Directivos (D&O)
Seguro de responsabilidad civil para Administradores y Directivos (D&O)
Un seguro para administradores y directivos, también conocido como seguro D&O (Directors and Officers), es una póliza diseñada para proteger el patrimonio personal de los administradores, consejeros y altos directivos de una empresa frente a reclamaciones derivadas de decisiones tomadas en el ejercicio de sus funciones.
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Los Administradores y los Altos Cargos de las empresas pueden incurrir en importantes responsabilidades a causa de sus decisiones.
El seguro D&O es un seguro de Responsabilidad Civil que protege a los Administradores y Altos Cargos, y da cobertura a reclamaciones por mala gestión presentadas por la sociedad, los accionistas, los empleados, los acreedores, cualquier tercero y los organismos públicos, entre otros. Este seguro ofrece una protección integral a los Administradores y Altos Cargos frente a los riesgos personales y financieros derivados de la gestión de todo tipo de empresas y entidades, en un entorno legal y empresarial cada vez más exigente.
Deberes de los administradores de una sociedad
Los deberes de los administradores de las sociedades mercantiles se contemplan en los artículos 225 a 232 de la Ley de Sociedades de Capital, sin perjuicio de lo que puedan establecer los estatutos sociales de cada compañía.
1. Deber de diligente administración (artículo 225 de la LSC) Los administradores desempeñarán su cargo con la diligencia de un ordenado empresario, y cada uno de los administradores deberá informarse diligentemente de la marcha de la sociedad.
2. Deber de lealtad (artículo 226 de la LSC) Los administradores desempeñarán su cargo como un representante leal en defensa del interés de la sociedad, y cumplirán los deberes impuestos por las leyes y los estatutos.
3. Prohibición de utilizar el nombre de la sociedad y de invocar la condición de administrador (artículo 227 de la LSC) Los administradores no podrán utilizar el nombre de la sociedad ni invocar su condición de administradores para realizar operaciones por cuenta propia o de personas vinculadas.
4. Prohibición de aprovechar oportunidades de negocio (artículo 228 de la LSC) Ningún administrador podrá realizar, en beneficio propio o de personas vinculadas, inversiones u operaciones ligadas a los bienes de la sociedad, de las que tenga conocimiento con ocasión del ejercicio del cargo, cuando la inversión o la operación haya sido ofrecida a la sociedad o ésta tenga interés en ella, salvo que la sociedad la haya desestimado sin mediar influencia del administrador.
5. Situaciones de conflicto de intereses (artículo 229 de la LSC) Los administradores deberán comunicar tales situaciones al consejo de administración y, en su defecto, a los otros administradores o, en caso de administrador único, a la junta general, y se abstendrán de intervenir en la operación. También deberán comunicar la participación y los cargos que tengan en sociedades con el mismo, análogo o complementario género de actividad.
6. Prohibición de competencia (artículo 230 de la LSC) Los administradores no podrán dedicarse, por cuenta propia o ajena, al mismo, análogo o complementario género de actividad de la sociedad, salvo autorización expresa de ésta por acuerdo de junta general
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El objeto de este seguro es la protección del patrimonio individual de los administradores por los perjuicios financieros causados a terceros como consecuencia de las decisiones tomadas en el contexto de su labor de gestión. Este seguro ofrece las coberturas necesarias para hacer frente a reclamaciones por negligencia o por presunto incumplimiento del deber de los Directivos en el ejercicio de sus funciones.
Nuestra sociedad ejerce una presión creciente sobre la responsabilidad de los altos cargos de las entidades.
En diciembre de 2014 entró en vigor la ley 31/2014, de 3 de diciembre, que modifica la Ley de Sociedades de Capital. Entre otras reformas, especifica que la infracción del deber de lealtad determinará no solo la obligación de indemnizar el daño causado al patrimonio social, sino también la de devolver a la sociedad el enriquecimiento injusto obtenido por el administrador.
Esta ley se dirige a administradores, consejeros y alta dirección de las empresas
Su principal objetivo es garantizar la aplicación permanente de las buenas prácticas empresariales.
En la práctica, los reclamantes son:
- La sociedad;
- Accionistas, ya sean mayoritarios o minoritarios;
- Empleados o incluso candidatos a un puesto de trabajo;
- Acreedores sociales;
- Ministerio Fiscal y órganos administrativos competentes;
- Cualquier tercero
Coberturas más habituales según compañías:
Responsabilidad Civil de los Administradores y Altos Cargos
Adelanto de Gastos de Defensa judicial o extrajudicial
Gastos de Representación Legal en una investigación
Gastos de Inspección en materia de Defensa de la Competencia
Gastos de Extradición
Gastos de Publicidad
Gastos de Gerencia de Riesgos
Fianzas Civiles y Gastos de Constitución de Fianzas Penales
Reclamaciones por Prácticas Laborales con cobertura a la entidad
Cobertura automática para nuevas Sociedades Filiales
Cobertura automática en Sociedades Participadas
Antiguos Administradores y Altos Cargos (4 años)
Cobertura a la entidad en Operaciones de Valores
Sanciones Administrativas
Responsabilidad Concursal
Gastos de Constitución del Aval Concursal
Inhabilitación Profesional de los Administradores y Altos Cargos
Gastos de Constitución del Aval en evitación del embargo preventivo
Responsabilidad Tributaria
El seguro D&O cubre principalmente daños patrimoniales primarios, no daños materiales ni personales.
¿Qué son daños patrimoniales primarios?
Son perjuicios económicos sufridos por terceros (accionistas, empleados, proveedores, clientes, etc.) que no provienen de un daño físico o material, sino de decisiones u omisiones de los directivos.
Ejemplos: Pérdidas financieras por una mala decisión estratégica / Reclamaciones de accionistas por caída en el valor de la empresa. / Demandas por incumplimiento de deberes del administrador / No actuar con lealtad (anteponer sus intereses personales a los de la empresa). / No evitar conflictos de interés. / Beneficiarse personalmente de decisiones que afecten a la empresa. / No ejercer diligencia / No cumplir con la ley y los estatutos sociales / No respetar las normas internas y externas que rigen la actividad empresarial.
Ejemplos de reclamaciones
Acción social de responsabilidad
Una Sociedad Limitada, promotora inmobiliaria, interpuso acción social de responsabilidad contra su consejo de administración puesto que la sociedad había recibido ciertas cantidades en concepto de pagos anticipados para la construcción, pero no concertó los correspondientes contratos de seguro que garantizasen la devolución de dichos anticipos, como era legalmente exigible. Los administradores demandados fueron condenados a pagar una cantidad equivalente a los intereses que, de haberse contratado el seguro, habrían quedado cubiertos bajo el mismo.
Acción individual de responsabilidad
Un comprador de acciones de una sociedad entabló una acción individual contra los administradores de la sociedad por su negativa a reconocer su cualidad de accionista, lo cual le privó de poder ejercer el derecho de voto en una Junta General así como de percibir los dividendos correspondientes a un ejercicio. El Tribunal condenó a los administradores tanto al reconocimiento de la condición de socio del comprador como a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
Responsabilidad por deudas de la Sociedad
Se entabló una acción de responsabilidad contra los administradores de una sociedad, quienes, teniendo conocimiento y tiempo para comprobar los problemas económicos por los que atravesaba la compañía, incumplieron la obligación de convocar la Junta General para acordar la disolución de la misma. Los administradores fueron condenados, solidariamente con la sociedad, al pago de las deudas de ésta
Responsabilidad concursal
Los empleados de una empresa hotelera solicitaron la declaración de concurso culpable de la sociedad. El Juzgado de lo Mercantil estimó que el concurso debía efectivamente declararse culpable pues los administradores no habían solicitado la declaración de concurso en el plazo de dos meses legalmente previsto al efecto. La sentencia condenó a los administradores al pago del déficit patrimonial de la sociedad.
Procedimientos Sancionadores iniciados por Órganos Administrativos
La Comisión Ejecutiva del Banco de España inició una investigación y, posterior procedimiento sancionador contra los administradores y el director general de una entidad financiera por no haber respetado las normas reguladoras de las situaciones de conflicto de interés.
Responsabilidad Tributaria
Un administrador fue condenado subsidiariamente al pago de los importes correspondientes a diversas autoliquidaciones de IRPF, retenciones de trabajo personal e IVA, así como a los correspondientes intereses de demora, sobre la base de que la sociedad había cesado en la actividad, dejó de presentar regularmente sus declaraciones tributarias, y el administrador no promovió la disolución y liquidación de la sociedad.
Además de las posibles indemnizaciones cubiertas por la póliza, se incluye los Gastos de defensa legal (Honorarios de abogados, costas judiciales y otros gastos relacionados con la defensa legal), incluso si la reclamación resulta infundada.
Indemnizaciones: Si el directivo es condenado, el seguro puede cubrir las indemnizaciones que deba pagar, siempre que no sean ilegales (por ejemplo, multas penales o actos dolosos no suelen estar cubiertos).
Reclamaciones laborales: Puede incluir reclamaciones por despidos improcedentes, acoso laboral o discriminación, si se incluyen estas coberturas.
Investigaciones administrativas: Cubre los costes asociados a investigaciones por parte de organismos reguladores (como Hacienda, CNMV, etc.).
Reclamaciones por insolvencia: En situaciones de quiebra o concurso de acreedores, los administradores pueden ser demandados por mala gestión, y el seguro cubre su defensa.
¿Qué no cubre normalmente?
Actos dolosos o fraudulentos demostrados. Multas y sanciones penales. Reclamaciones previas al inicio del seguro.
Daños materiales o personales (eso corresponde a otros seguros, como el de responsabilidad civil general).